viernes, 1 de mayo de 2020

DIA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL - DÍA DEL TRABAJADOR

Leemos aquí las palabras elaboradas por el Área de Expresión para este día:

DÍA INTERNACIONAL DE LAS Y LOS TRABAJADORES/AS y 
DE LA SANCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1853

Hoy Estamos cumpliendo con un aislamiento social y obligatorio, sancionado por Decreto de Necesidad y Urgencia, de reciente prórroga en su plazo, por el Poder Ejecutivo de la Nación.
La realidad nos confronta con los dos grandes hechos que venimos a conmemorar aquí: la adopción de la Constitución Nacional, en su texto original de 1853, y el Día Internacional de los trabajadores’.
Esta pandemia extraordinaria ha creado una situación de emergencia. Dicha emergencia  ha activado el ejercicio de poderes extraordinarios por parte del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), contemplados en la Constitución de la Nación Argentina, y que han impactado en la esfera de derechos de todos los  habitantes y ciudadanos: la prohibición de circular y el aislamiento social y obligatorio: hemos visto nuestras libertades restringidas para hacer frente a una inédita situación de salud pública que pone en riesgo el primero de los derechos a que los/as habitantes de la Nación somos acreedores: la vida y la integridad psicofísica.
Hemos visto también comprometidas las actividades económicas y los ingresos de millones de personas, aquí y en el resto del Mundo con rasgos de una auténtica catástrofe universal, que muchos ven como crisis civilizatoria a escala planetaria.
Nuestro país llegó a tener una Constitución el 1 de mayo de 1853, luego de un largo proceso de guerra civil, luego de dos constituciones fallidas, la unitaria, aristocrática y monárquica de 1819, y la presidencialista y unitaria de 1826, y luego del proceso de institucionalización iniciado en 1831 con la adopción del Pacto Federal, primero de los “pactos preexistentes” y luego de la victoria del gobernador entrerriano Urquiza sobre el Gobernador Juan Manuel de Rosas, el 3 de febrero de 1852, en Caseros.
Después de la victoria en Caseros, Urquiza convocó y reunió a los gobernadores en San Nicolás de los Arroyos y allí se resolvió  la reunión del Congreso Constituyente en Santa Fe, en donde los trabajos y discusiones llevaron a la sanción del texto constitucional el 1 de mayo de 1853. Sin embargo, esa Constitución recién cristalizó como pacto de toda la Nación, luego de la Convención de 1860, producto de otra batalla (Cepeda) y de otro Pacto, el de San José de Flores, de 1859. Dicha Constitución posee un Preámbulo, y dos partes: la parte dogmática o de las declaraciones, derechos y garantías, y una parte orgánica, sobre las autoridades de la Nación y Gobiernos de Provincia. Y es, ni más ni menos, que la base y a la vez vértice de la pirámide de toda la legalidad y juridicidad de nuestro país.
Los trabajadores, aquí y en el mundo, no fueron partícipes de las discusiones sobre nuestro contrato social. Ellos padecían, en ese lejano siglo XIX, condiciones de vida indignas, porque carecían de elementales derechos. Formaban parte de la denominada “CUESTIÓN SOCIAL”, no tenían derecho a formar sindicatos: la coalición de trabajadores era asimilado a un delito reprimido por el Código Penal, tanto en el Viejo como en el Nuevo mundo.
Y así se llegó al 1° de mayo de 1886, en que, en la ciudad de Chicago, Estados Unidos de América, estalló una huelga exigiendo la jornada laboral máxima de 8 horas diarias o 48 horas semanales. El 3 de mayo la policía abrió fuego contra los huelguistas, asesinando a obreros e hiriendo a varias decenas. Al día siguiente, una nueva manifestación, en la Plaza de Haymarket, fue atacada por la policía, con la explosión de un artefacto entre la fuerza de seguridad que provocó la muerte de un uniformado. Varias decenas de trabajadores fueron detenidos y, en violación de las normas del debido proceso, juzgados y condenados, tres de ellos a prisión y cinco a morir en la horca. A estos se llamó ‘Mártires de Chicago’ y en memoria de ellos, en memoria de las luchas por la jornada laboral máxima de ocho horas es que se luchó en todo el mundo por un feriado para el día 1 de mayo, Día Internacional de los trabajadores.
En nuestro país, las luchas obreras consiguieron la jornada de ocho horas en 1929, al sancionarse la Ley 11.544 de Jornada legal obligatoria, luego de grandes jornadas de huelga y movilización reprimidas sangrientamente, como la ‘Semana Trágica’ de 1917 o la ‘Semana Roja’ de enero de 1919, que jalonaron las luchas sociales en procura de un mundo más justo para trabajadores y trabajadoras.
En 1994, se reformó nuevamente la Constitución, y se completó la obra con nuevos derechos humanos, los de tercera generación o incidencia colectiva, y se le dio jerarquía constitucional al Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, haciendo ingresar a los Convenios y Recomendaciones de la O.I.T. (Organización Internacional del Trabajo) a la pirámide jurídica argentina, con rango superior a las leyes.
Hoy, la situación de la Pandemia del coronavirus, que afecta a su vez a la economía, vuelve a hacernos reflexionar sobre los poderes del Estado, los derechos de los ciudadanos y habitantes, generando el desafío de aplicar y cumplir los dictados de la Constitución y en especial en los derechos que consagra para los trabajadores Argentinos. 

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